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Formalización de Empresa

Constitución de Empresa

En el año 2008, fue promulgada la ley de Sociedades No 479-08 desde entonces la República Dominicana contempla varios tipos de Sociedades. A continuación enumeramos las principales.


  • Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
  • Sociedad Anónima (SA)
  • Sociedad Anónima Simplificada (SAS)

Nota: El capital de una sociedad paga el uno (1%) por ciento anual a la Dirección General de Impuestos Internos, a menos que el impuesto a pagar sobre sus beneficios anual sea mayor que el 1% del total de sus activos gravados.

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Negocios

Estructura Legales 

Cada empresario y cada negocio son únicos. En nuestro portal, ofrecemos la posibilidad para aquellos que realizan negocios de manera independiente, en colaboración o en el ámbito familiar. Descubre las distintas opciones legales que ponemos a tu disposición para formalizar tu negocio.

Las sociedades SRL en República Dominicana, son empresas comerciales que se constituyen con la participación de dos o más personas y hasta un máximo de 50. La ley sobre las sociedades comerciales establece que el capital social para el registro de este tipo de sociedades no puede ser menor a RD$ 100,000.00 pesos dominicanos.

Este tipo de empresa son creadas por personas físicas o naturales y las mismas pueden ser creadas o constituidas por una o varias personas jurídicas, en el caso de que los socios sean personas jurídicas cada persona jurídica debe de tener un representante el cual debe de ser una persona física.

Algunas de las Características de este tipo de sociedades son las siguientes:

- Todas las decisiones deben de ser previamente aprobadas por la mayoría de los socio.
- Los socios son gerentes de la empresa y pueden nombrar a una persona física como gerente y/o administrador. Las modificaciones a los documentos legales deben de ser aprobadas por la mayoría de los socios. Sin embargo la empresa es administrada por un consejo de Gerencia integrado por dos o más socios.
- El patrimonio personal de los socios solo se verá comprometido hasta el valor nominal de sus cuotas sociales para responder por las obligaciones de la empresa.
- Se exige un monto mínimo como capital por valor de 100 mil pesos dominicanos. Sin embargo este monto no necesariamente debe de estar depositado en la República Dominicana ni se exige evidencia de disponibilidad de los fondos.


Este tipo de sociedades es el más utilizado por los emprendedores, las pequeñas y medianas empresas de República Dominicana.

Las empresas EIRL en República Dominicana, son empresas comerciales de un único dueño y constituidas normalmente por emprendedores y/o pequeños empresarios.

Este tipo de empresa son creadas por personas físicas o naturales y las mismas no pueden ser creadas o constituidas por una persona jurídica, debido a que la ley no lo permite.

Algunas de las Características de este tipo de empresas son las siguientes:

El propietario de esta empresa es quien toma todas las decisiones, sin depeder de un tercero o socio.
El Propietario puede ser el gerente de su empresa o nombrar a una persona física como gerente, lo que le permite tener el control total de las decisiones de la empresa. Puede realizar cualquier modificación que desee en su empresa, sin depender de la aprobación de un tercero o socio.
El patrimonio personal del fundador no se verá comprometido a responder por las obligaciones de la empresa.
No se exige un monto mínimo como capital. Sin embargo el capital no puede ser menor a RD$ 5,000 Dominicanos.
Capital Autorizado Mínimo: No tiene mínimo

Capital Autorizado Suscrito sobre el mínimo: No tiene mínimo

Favor contactarnos para más Información.

Las sociedades Anónimas (SA) en República Dominicana, son empresas comerciales creadas por grandes grupos económicos. Algunos objetos sociales, obligan a que esta sea el tipo societario que corresponda, un ejemplo de esto los son las instituciones o empresas que su objeto sea de Intermediación Financiera.

Se constituyen con la participación de dos o más personas físicas o jurídicas y no tienen limites de socios.

La ley sobre las sociedades comerciales establece que el capital social para el registro de este tipo de sociedades no puede ser menor a RD$ 30,000,000 pesos dominicanos y su capital mínimo autorizado debe de ser el 10% (RD$3,000,000 de pesos Dominicanos).

Favor contactarnos para más Información.

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Las personas físicas son profesionales liberales (abogados, ingenieros, publicistas, entre otros) o personas con un oficio quienes realizan actividades que generan obligaciones. En esta, te identificas con tu nombre y apellido.

No tienes que aportar un capital social.
Es una estructura individual, no hay socios.
No requieres un organismo de administración.
Te puedes acoger al Régimen Simplificado de Tributación.