CÓMO CONSTITUIR UNA SOCIEDAD SRL EN REPÚBLICA DOMINICANA

República Dominicana es un país que está comprometido con incentivar y fomentar el crecimiento de los negocios, por ello las leyes e instituciones colocan a disposición de los interesados las herramientas para que sus negocios sean rentables, organizados y formales.

Es el caso de la ley de sociedades Dominicanas No. 479-08, que trajo la novedosa y útil Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL).

Características de la SRL

  • Económica en su constitución.
  • Requisitos simples.
  • Rapidez en su establecimiento y operaciones.
  • Formal para cualquier tipo de transacción.

Beneficios de crear una SRL en República Dominicana

  • Comprar nacional e internacionalmente a título de la sociedad.
  • Vender nacional e internacionalmente.
  • Abrir cuentas de bancos de cualquier moneda y tipo.
  • Establecer cualquier objeto de negocio.
  • Solicitar créditos y financiamientos en entidades financieras y comercios.
  • Vender al Estado.
  • Tener a sus empleados contratados por la empresa, no a título personal (en este último compromete sus bienes y con la sociedad se quita esa responsabilidad laboral).
  • Estar investido de una sociedad que tiene responsabilidad propia, es decir, ella es responsable en sí misma de las transacciones, pues tiene personalidad jurídica.

Requisitos para constituir la SRL

  1. Nombre Comercial: Solicitado ante la Oficina Nacional de la Propiedad intelectual y para esto se necesita:
  • Indicar de uno a tres nombres, debido a la disponibilidad.
  • Objeto del nombre.
  • Documento de identidad del titular de dicho nombre comercial.
  • Dirección del titular.
  1. Impuestos del capital de la sociedad: Pagado ante la Dirección General de Impuestos Internos, donde deberá establecer el límite del capital social de la sociedad y esto no podrá ser:
  • Menor de RD$ 100,000.00
  • Máximo de RD$ 30,000,000.00
  1. Redacción y firma de todos los documentos constitutivo de la sociedad:
  • Acta de Asamblea Constitutiva.
  • Nómina de Asamblea Constitutiva.
  • Estatutos Sociales y aquí debe de indicar:
    • El objeto social (a que se dedicará).
    • Los socios (Esta sociedad puede tener como mínimo dos (2) socios y un máximo de cincuenta (50). Los socios pueden ser sociedades extranjeras o nacionales.
    • El porcentaje de acciones tendrán cada uno de los socios (pueden dividirlo sin ninguna limitación, por ejemplo unos pueden tener un 1% y otro el 99% de las acciones).
    • Domicilio de la sociedad.
    • Documentos de identidad de cada uno de los socios y gerentes.
    • Gerente de la sociedad (pueden ser uno o varios, sean socios o no de la sociedad).
  • Lista de suscriptores.

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